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LA JUNTA CONVOCA 20,77 MILLONES DE EUROS EN INCENTIVOS A LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN VIVIENDAS Y EDIFICIOS

30 de octubre de 2026 12 visitas
LA JUNTA CONVOCA 20,77 MILLONES DE EUROS EN INCENTIVOS A LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN VIVIENDAS Y EDIFICIOS

JUNTA DE ANDALUCIA


La Agencia Andaluza de la Energía, entidad adscrita a la Consejería de Universidad, Industria, Energía e Innovación, tiene abierto desde el 22 de octubre de 2026 el plazo de solicitud de los incentivos para el uso eficiente de la energía (INEA) dirigidos al sector residencial y a los edificios e instalaciones públicas. La convocatoria, cofinanciada con fondos FEDER, cuenta con un presupuesto de 20,77 millones de euros y permanecerá abierta hasta el 30 de septiembre de 2027 o hasta que se agote el crédito disponible.





Las ayudas se conceden por concurrencia no competitiva, es decir, por orden de entrada de las solicitudes, por lo que presentarla cuanto antes resulta determinante para acceder a la financiación.

¿Qué actuaciones se pueden financiar?

En viviendas, edificios residenciales privados (como residencias de estudiantes o de personas mayores) y edificios públicos no residenciales se subvencionan, entre otras, la mejora del aislamiento térmico de fachadas, cubiertas y techos; la sustitución de ventanas por otras de mejores prestaciones; la incorporación de elementos de sombra como toldos o persianas; y la renovación de los sistemas de climatización, agua caliente sanitaria e iluminación interior y exterior.

Como parte del proyecto también se apoya la incorporación de energías renovables (solar térmica y fotovoltaica, biomasa o aerotermia), siempre que contribuyan a la mejora de la calificación energética y no superen el 50 % de la inversión total. Existe, además, una línea específica para adquirir nuevos equipos de tecnología solar en viviendas y edificios residenciales privados; en las instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo es obligatorio disponer de almacenamiento eléctrico.

¿Quién puede pedirlas y qué porcentaje cubren?

Pueden solicitarlas particulares, comunidades de propietarios, comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía, autónomos, empresas y empresas de servicios energéticos, así como ayuntamientos y entidades del sector público local. Los porcentajes de ayuda varían según el beneficiario:

  • Particulares: un 50 % de la inversión con carácter general, ampliable hasta el 65 % cuando concurren requisitos que intensifican la ayuda, como la incorporación de energías renovables.
  • Empresas: un 45 % para autónomos, microempresas y pequeñas empresas; un 35 % para medianas empresas y un 25 % para grandes empresas, con incrementos adicionales de hasta 15 puntos según la convocatoria.
  • Energía solar con almacenamiento en viviendas y edificios residenciales: un 55 % para particulares, autónomos, microempresas y pequeñas empresas; un 45 % para medianas y un 35 % para grandes, ampliables hasta 10 puntos más en determinados supuestos.
  • Ayuntamientos y entidades del sector público local: un 70 % con carácter general, que puede llegar al 80 % con la incorporación de renovables. Si desarrollan actividad económica, el porcentaje parte del 30 % y puede alcanzar el 40 %.

El incentivo mínimo a solicitar es de 10.000 euros para las actuaciones de eficiencia energética y de 6.000 euros para la línea de tecnología solar.

Requisitos destacados

Para acceder a las ayudas, las medidas realizadas deben mejorar al menos una letra la calificación energética del edificio y reducir el consumo de energía primaria no renovable y las emisiones de CO2 (un 20 % en el caso de las empresas).

Los ciudadanos y las entidades públicas que no ejerzan actividad económica pueden pedir ayudas para actuaciones ya iniciadas, siempre que el comienzo de la actuación no sea anterior al 1 de mayo de 2025 y no haya finalizado antes de la solicitud. El resto de los beneficiarios no puede haber realizado ningún gasto ni compromiso previo a la presentación de la solicitud.

El plazo máximo para resolver es de tres meses desde la presentación de la solicitud. Cuando el incentivo supere los 15.000 euros, se podrá pedir un pago anticipado del 15 % sin garantía o del 40 % aportando garantía, así como pagos parciales conforme se justifique la inversión.

Cómo y hasta cuándo solicitar

Las solicitudes se presentan exclusivamente por vía telemática a través del tramitador habilitado por la Agencia Andaluza de la Energía, desde las 9:00 horas del 22 de octubre de 2026 y hasta el 30 de septiembre de 2027, salvo que los fondos se agoten antes. La convocatoria es la Resolución de 21 de septiembre de 2026, de la Agencia Andaluza de la Energía (BOJA núm. 187), al amparo de las bases reguladoras aprobadas por la Orden de 24 de abril de 2025.

DE INTERÉS PARA LOS COLEGIADOS

Esta convocatoria abre un importante campo de actuación profesional para los ingenieros técnicos industriales: la justificación de las mejoras exige documentación técnica y certificación energética, y buena parte de las actuaciones subvencionables (reforma de instalaciones térmicas, iluminación, envolventes o instalaciones de autoconsumo) requiere proyecto y dirección de la ejecución. Una oportunidad para ofrecer nuestros servicios a particulares, comunidades de propietarios, empresas y administraciones locales que quieran acogerse a estos incentivos.

CONVOCATORIA EN EL BOJA SOLICITUD TELEMÁTICA

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