Comunicados

VÍAS PECUARIAS: LO QUE DEBEIS SABER DEL NUEVO REAL DECRETO

29 de octubre de 2026 7 visitas
VÍAS PECUARIAS: LO QUE DEBEIS SABER DEL NUEVO REAL DECRETO

🌿 Normativa ambiental

Los caminos por los que durante siglos se ha movido el ganado ya tienen una norma estatal que los ordena. El Real Decreto 925/2026, de 28 de octubre, publicado en el BOE del 29 de octubre, desarrolla la Red Nacional de Vías Pecuarias que preveía la Ley 3/1995. Para los colegiados que trabajan con proyectos en suelo rústico, instalaciones energéticas o planeamiento, es una referencia que conviene tener presente desde ahora: la red suma cerca de 11.400 kilómetros y su información se va a publicar de forma centralizada.




🗺️ Una red de 11.393 km

Los anexos del real decreto relacionan las grandes cañadas reales, los tramos que forman la red y los pasos interfronterizos, con una longitud total de 11.393,09 km. La red se concibe sobre todo para asegurar el tránsito del ganado y la trashumancia, y también como corredor de conectividad ecológica y como patrimonio histórico y cultural.

🤝 Reparto de funciones

El Estado se limita a definir la red, coordinar y difundir información, a través de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. La administración de cada vía sigue en manos de las comunidades autónomas, que mantienen la clasificación, el deslinde y el amojonamiento. Cuando una resolución de deslinde afecte a un tramo de la red, deberá decirlo expresamente y comunicarse a la Dirección General en el plazo de un mes. El texto crea además un Programa de Acción, un Comité de Vías Pecuarias y un Fondo Documental.

🛠️ Qué significa para nuestro ejercicio profesional

Las vías pecuarias son bienes de dominio público. El decreto dispone que los deslindes se comuniquen al Catastro y que su inscripción registral figure como dominio público, y prevé una cartografía digital con los tramos deslindados y georreferenciados. Antes de redactar un proyecto, una memoria técnica o un informe sobre terrenos rústicos, merece la pena consultar esa información y confirmar con la comunidad autónoma si alguna vía pecuaria cruza o linda con la parcela.

El real decreto entra en vigor a los veinte días de su publicación en el BOE.

Consultar el texto oficial en el BOE

Volver a Comunicados
Compartir: